Granada CF

APELACION DESESTIMA EL RECURSO DEL «PARAGUAZO».

EL CLUB TIENE 15 DÍAS PARA INTERPONER RECURSO DE APELACIÓN, DE LO CONTRARIO TENDRA QUE HACER FRENTE A LA MULTA DE 6.000€.

El Comité de Apelación ha desestimado el recurso interpuesto por el Granada CF por lo que deberá hacer frente a la sanción impuesta por el Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol, según la cual se le obliga a hacer frente a una multa de 6.000 euros por lo ocurrido en el encuentro entre el conjunto andaluz y el Mallorca, además de que el estadio Nuevo Los Cármenes está apercibido de clausura en caso de reincidencia.

El gabinete jurídico del Granada había basado su recurso, tras la sanción interpuesta por el daño causado a un árbitro asistente por el lanzamiento de un paragüas, en tres elementos. «Que con posterioridad al hecho objeto del procedimiento, se ha tenido conocimiento de que el incidente fue fortuito, producto de la desgracia y de un cúmulo de casualidades«, reza el primero.

«Que se ha producido indefensión, por la inadmisión de la prueba propuesta«, puede leerse en el segundo. «Que ha existido error en la aplicación del artículo 101, en relación con el 15, ambos del Código Disciplinario de la RFEF«, considera el tercero de los puntos.

Pese a la desestimación, el Comité de Apelación le otorga al Granada la posibilidad de interponer un recurso a su resolución, ante el Comité Español de Disciplina Deportiva, en el plazo de 15 días hábiles.

Fuente: Europa Press.

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